lunes, 25 de junio de 2018

REQUISITOS A LA HORA DE ALQUILAR UN INMUEBLE

A la hora de alquilar un inmueble y en especial si se trata de buscar uno con fines de vivienda permanente deberá contar con determinados requisitos, ya sea porque se le esta por vencer el contrato de alquiler de su actual vivienda, o se debe mudar por motivos de estudio, quizá busca mas espacio debido a que se agrando la familia,  o ya decidió independizarse e irse a vivir solo/a etc.... cualquiera sea el motivo se encontrará con la necesidad de contar con estos  requisitos  que al recorrer las inmobiliarias y hablar con los corredores le serán solicitados. Ya sea que se trate de la primera ves que va a alquilar o no, es mejor conocerlos a estos requisitos necesarios y tenerlos en cuenta,  comprender de que se tratan y con que fin son requeridos por las inmobiliarias para así evitar confusiones y perdidas de tiempos innecesarias,ya que sin ellos no nos será posible alquilar la vivienda que elegimos.
Es por ello que hoy les comentaré de los requisitos que las inmobiliarias  solicitamos a los futuros inquilinos estos son: 

Un (1) mes de deposito, un (1) mes de adelanto, un (1) mes de comisión (en la ciudad autónoma de Buenos Aires no se pide comisión al inquilino, ya hablaremos luego de esa Ley que en Provincia de Buenos Aires no esta vigente). gastos para el sellado de contrato y averiguaciones de la garantía, por lo general estos últimos equivalen al valor de medio mes de alquiler.  


Que camino sigue ese dinero? 
Bien el mes de deposito queda en manos del propietario y se le devolverá al inquilino al terminar el contrato previas las deducciones a que hubiere lugar, el mes de adelanto es el primer mes que usted va a estar viviendo en el lugar, los alquileres siempre se pagan por mes adelantado, la comisión inmobiliaria corresponde a los honorarios que percibimos los corredores y martilleros inmobiliarios (siempre que cuenten con matricula habilitante para ejercer) por nuestra labor en la intervención que incluye preparación del contrato de alquiler, revisión y estudio del titulo o garantía, sellado del contrato y velar para que se cumpla la Ley de alquileres entre las partes durante el tiempo en el que transcurra el contrato vigente, el sellado del contrato es el 1,2 % del monto total del contrato y los gastos de averiguaciones de la garantía serán los que determine el Registro de la Propiedad Inmueble por los timbrados correspondientes a la solicitud de informe de dominio e inhibición del inmueble puesto en garantía. En muchas ocasiones  los inquilinos carecen de una escritura propietaria para poner como garantía y se recurre a los  recibos de sueldo, en nuestro próxima entrada hablaremos de los recibos de sueldo como aval en los alquileres inmobiliarios. 

viernes, 18 de noviembre de 2016

VENDO CASA EN PASO DEL REY NORTE

VENDO CASA EN PASO DEL REY CON PARQUE, PILETA Y NEGOCIO KIOSCO FUNCIONANDO EXCELENTE UBICACION 125.000 DOLARES